A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Rivera Perez Ana Silvia·Demandado Administradora De Fondo De Pensiones Y Cesantias Proteccion Sa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos sobre nulidad o ineficacia del traslado pensional al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 18 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 16 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen respecto al conocimiento de la demanda instaurada por una ciudadana en contra de Colpensiones y Protección, con el fin de que se declare la ineficacia del traslado del régimen de prima media con prestación definida al régimen de ahorro individual con solidaridad que realizó y, por ende, se ordene a Colpensiones el reconocimiento y pago de una pensión de vejez.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se dio aplicación a la regla de decisión fijada en el Auto 406 de 2021, mediante la cual se estableció que, corresponde a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Laboral conocer las controversias que tengan como pretensión principal la nulidad o ineficacia de afiliaciones al RAIS y subsidiariamente la afiliación y el reconocimiento de la pensión de jubilación en el RPM, conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 270 de 1996 y el artículo 2.4 del Código Procesal del Trabajo.
Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado 18 Laboral del Circuito de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 18 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 16 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 18 Laboral del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer de la demanda ordinaria laboral instaurada por la señora Ana Silva Rivera Pérez en contra de Colpensiones y Protección
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3581 el Juzgado 18 Laboral del Circuito de Cali que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo el Juzgado 16 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.